Gremiales Comercio acordó nuevos aumentos salariales para la actividad cerealera 3 minuto leer Comentarios desactivados en Comercio acordó nuevos aumentos salariales para la actividad cerealera 0 Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en Google+ Compartir en Reddit Compartir en Pinterest Compartir en Linkedin Compartir en Tumblr La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) llegó a un acuerdo de incremento salarial para el periodo agosto-septiembre para la Rama Cerealera del convenio colectivo de trabajo 130/75. El acuerdo se dio en el marco de la paritaria con las cámaras empresariales del sector, la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada (CONINAGRO) y la Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales y el Centro de Exportadores de Cereales. La entidad que conduce Armando Cavalieri informó que, a partir de agosto, se incrementa la escala salarial un 10,7%, de carácter remunerativo, como corrección de la escala de julio anterior. Sobre esta base el mes de agosto tendrá un aumento del 10% no remunerativo y el mes de septiembre un incremento del 9% no remunerativo. Estos aumentos serán liquidados a partir de octubre, mes durante el cual se reunirán nuevamente las partes para analizar el impacto inflacionario a fin de evaluar el próximo aumento salarial. El acuerdo establece que los incrementos salariales no remunerativos, no serán contributivos ni generarán aportes y contribuciones a la seguridad social, excepcionando a los aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) y del Aporte del trabajador establecido por los artículos 100 y 1001 sobre el monto nominal de la suma percibida por el trabajador. Además, se mantendrá la contribución adicional y solidaria a OSECAC a cargo de los empleadores equivalente a $1200 mensuales, por cada trabajador en relación de dependencia del convenio colectivo de trabajo 130/75. En el caso de los trabajadores que cumplan la jornada parcial, el salario básico será establecido proporcionalmente a la jornada laboral completa. Por otra parte, en cuanto a la liquidación del incremento acordado para agosto, la diferencia que surja de la nueva escala salarial podrá ser abonada como anticipó en los próximos 20 días a la homologación del acuerdo. Link de la Fuente Comparte esto:Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Relacionado