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La CGT abre fuego contra el Gobierno por «congelar» las asignaciones familiares

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La Confederación General del Trabajo (CGT) salió al cruce del gobierno de Javier Milei en relación al apartado del Presupuesto 2025 que incorpora una modificaciones en el mecanismo de actualización de las asignaciones familiares.

Con la propuesta oficialista que tratará el Congreso, los montos que perciben los trabajadores en relación de dependencia en concepto de asignación familiar serán determinados a discrecionalidad por el Ejecutivo.

La CGT denunció que se trata de una “forma encubierta de congelarlas” y le pidió a los legisladores nacionales que no convaliden un nuevo “avance sobre el poder adquisitivo de las familias de las y los trabajadores”.

El gobierno de Milei, a través del proyecto de ley de Presupuesto 2025, busca cambiar el mecanismo de actualización de las asignaciones familiares (Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo, Ayuda Escolar, Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, entre otras).

La iniciativa elimina la “movilidad” y deja librados los aumentos a decisiones de gestión, en un contexto de fuerte ajuste del gasto público.

Desde la central obrera denunciaron que constituye un “golpe directo sobre el bolsillo de las familias trabajadoras”. Con publicaciones en redes sociales, la CGT lamentó que “al final, la casta eran las familias trabajadoras: Más impuestos, menos trabajo y protección. Más de 600 mil trabajadores dejaron de cobrar asignaciones familiares desde que asumió Milei”.

“La modificación impulsada por el Gobierno nacional es una forma encubierta de congelar las asignaciones familiares”, señaló la central, y cerró: “Exigimos que las legisladoras y legisladores no voten a favor de este avance sobre el poder adquisitivo de las familias de las y los trabajadores”.

El artículo 68 del proyecto de la propuesta oficial para la nueva “ley de leyes” deroga el artículo que establece que “las asignaciones familiares previstas en la ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la ley 24.714, serán móviles”.

También se anula “el cálculo del índice de movilidad se realizará conforme a lo previsto en el Anexo de la ley 26.417” y se deroga el artículo de la ley 24.714 que define que “la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tendrá a su cargo el cálculo de la movilidad de conformidad con las pautas establecidas en la presente ley”.




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